domingo, 10 de enero de 2010

Exigencia de campaña Esta es mi Tierra


Julio Cesar Valcárcel Ballester

10 de enero de 2010

La Habana – www.PayoLibre.com – La campaña "Esta es mi Tierra", impulsada por el Partido Republicano de Cuba (PRC), exige la libertad de movimiento para todos los cubanos residentes en la isla, y es una de las iniciativas incluidas en el la plataforma de trabajo Máxima Acción No-violenta Opositora (MANO).

Desde su lanzamiento en marzo del 2009, la iniciativa se promueve en las provincias, como un instrumento de apoyo para aquellos cubanos que son declarados ilegales en la capital, bajo el Decreto Ley 217 del 97, quienes son deportados hacia su lugar de origen.

Hasta la fecha se ha logrado documentar más de cien casos de provincianos que han sido trasladados en calidad de ilegales hasta su provincia. Muchos han recibido multas excesivas y amenazas oficiales.

La campaña pretende restablecer el derecho ciudadano de todos los cubanos, para ello, gestores en diferentes provincias realizan una minuciosa búsqueda de casos no documentados, con el objetivo de facilitar el proceso para establecer una demanda ante el parlamento cubano.

Actualmente el proyecto se encuentra en una fase de gran importancia. Un recorrido realizado por las provincias de Holguín, Granma y Las Tunas demostró que, desde que el gobierno implantó el decreto que relega a los provincianos, y les niega el derecho de estar en la capital, se ha impuesto un apartheid sin precedentes en la sociedad; por ello existe un gran número de personas afectadas.


Por: Eduardo E. Rodríguez Candelario
Comunicador del OCPI

Parece mentira que el cubano es relegado a una posición de poco más de una plaga en su propia tierra, prohibiéndole todo tipo de movimiento, violando así los siguientes artículos sacado de la Declaración Universal de los Derechos Humanos:

Artículo 1.

•Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros.


Artículo 2.

•Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición.

•Además, no se hará distinción alguna fundada en la condición política, jurídica o internacional del país o territorio de cuya jurisdicción dependa una persona, tanto si se trata de un país independiente, como de un territorio bajo administración fiduciaria, no autónomo o sometido a cualquier otra limitación de soberanía.


Artículo 3.

•Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona.


Artículo 4.

•Nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre, la esclavitud y la trata de esclavos están prohibidas en todas sus formas.

Artículo 5.

•Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.

Artículo 6.

•Todo ser humano tiene derecho, en todas partes, al reconocimiento de su personalidad jurídica.

Artículo 7.

•Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual protección de la ley. Todos tienen derecho a igual protección contra toda discriminación que infrinja esta Declaración y contra toda provocación a tal discriminación

Artículo 9.

•Nadie podrá ser arbitrariamente detenido, preso ni desterrado.

Artículo 13.

•1. Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia en el territorio de un Estado.

•2. Toda persona tiene derecho a salir de cualquier país, incluso del propio, y a regresar a su país.

No hay comentarios:

Publicar un comentario