martes, 3 de mayo de 2011

FROM CASTRO'S PARADISE



MAY 3, 2011

BY: Martha Beatriz Roque Cabello

The lack of legality in Cuba

A group of researchers is studying some situations that show the lack of legality in the country and the chaos that may be involved a private citizen to not have any instance where complaints and solve their problems. Five cases have been detailed are a small sample of how to violate the Act that the government itself has put in place, and denied the rights of citizens, despite boasting that promote social justice.

The fact that a considerable number of people resort to "the human rights" is proof that at least want to be heard by someone, and what you can do is only to denounce this illegal on the Internet and challenge the attitude of the government through letters-that-never respond to the different instances.


FIRST CASE.

ETECSA COMPANY (TELECOMMUNICATIONS SA)

This company has the monopoly of the telephone. Provides international direct dial service, which charges in CUC (convertible Cuban peso) and U.S. dollar bill.

The citizen Martha Beatriz Roque Cabello filed a charge against the director of Cuba's Telecommunications Company SA (ETECSA) to the Criminal Chamber of the Supreme People's Court on charges of fraud continued, the 25th of April, which is not has had no response. This crime is committed on a social level, is the victim everyone who uses this service, including foreigners residing in the country.

To devalue the Cuban convertible peso (CUC) to the dollar under Agreement No. 30/11 dated entry into force on 14 March, from that date the new rate would have been payable and not retroactively. The Company properly billed for the month of February, but the change was applied corresponding to March 14, charging too much, even the first 13 days of the third month of the year.

Twice he went personally to the offices of your local ETECSA, demonstrating the inability at that level to rectify this proceeding, as in the higher courts.

Another scam "of a continuing nature" refers to the application, this type of user, from a tax of about 16% based on the Decree Law No. 213 State Council, which is only applicable to legal persons.

The Company does not have legal control and works to their own, ceased to apply the devaluation of the dollar in its collection since 2005, when the dollar was devalued by 8% over the cuc and until 2008, in pesos convertible, the same dollar amount billed despite citizen complaints, when corrected, did not prove to users that had collected in excess.

All these irregularities can be committed because the Cuban people have no where to go to claim their rights.


SECOND CASE

CHRISTOPHER RODRIGUEZ CONTRERAS.

Cuban citizens living abroad, if they face a legal conflict in the country, should consult a lawyer of international law firm, which is payable in freely convertible currency, with high tariffs in developed countries.

Cristóbal Rodríguez Contreras, a Cuban resident in the United States of America, because he left Cuba illegally (read by sea in a boat) on 7 occasions asked to enter the country to see his brother, terminally ill , denied. A Cuban citizen has no right to enter and leave their nation. Finally, the brother died, with Christopher in prison on the island, for attempting to enter the same way it came out, by sea in a boat.

The penalty of Christopher document is the greatest proof of the impunity of the courts, prosecutors and lawyers. Despite having paid 1300 U.S. dollars was defended by a lawyer. Accused and punished for illegal trafficking of people that at no time was proved at trial (not that he has not committed the deli), much less sanction document. Christopher turns 13 years imprisonment.

It is on hunger strike since March 9, 2011, entered the Santa Clara Provincial Hospital "Arnaldo Milian Castro", claiming it made a review of his trial and be tried for "illegal entry", which carries a maximum penalty 3 years.

The efforts previously made by Christopher, his prolonged hunger strike, the wide international dissemination, and finally a letter to the Minister of Justice on April 18, 2011, have prompted a response from the authorities, ordering a review of the case.


THIRD CASE

ARIEL GONZALEZ LAZARO FERNANDEZ

He was sentenced to 8 years imprisonment for the crime of Embezzlement Embezzlement rather than acknowledged by him, with a maximum penalty of 3 years. On 3 September 2010 First Deputy Minister of Ministry of Justice (MINJUS) Urban José Pedraza Linares led the Supreme People's Court a challenge against the initial ruling, which stated wrong facts have qualified instead of embezzlement of misappropriation, and said to quash the conviction and the imposition another for the crime actually committed.

However, the retrial was held exclusively with the 5 judges and therefore were not given the prosecutor, defense attorney, or Ariel, ratifying the decision.

Due to the efforts and dissemination of appropriate, Ariel received the April 27, 2011 a letter from the Office of Attention to Citizens of the State Council, which ordered a review of his case. However, like other cases of prisoners sentenced, which analysts listen, do not see your fine paper, which has become commonplace.


FOURTH CASE

MARGARITA ROSADO RODRIGUEZ


One of the most difficult for Cubans is the problem of housing. During 52 years of total neglect of social problems, the government has taken three generations to live in one house, bringing ethical and even harmful sentimental, as if wanting to finish in the family. The Housing Act is a kind of monster controller all you have to do with a building. As it is prohibited to sell and buy houses created a monster called "swap", which is the local exchange for the other, under the full supervision and control of the regime. Such petty details as the amount of square feet in one place and another to be bartered, part of the official authority to allow or disallow the transaction.

Mrs. Margarita Rodríguez Rosado, a resident of Santa Clara, Villa Clara, has a son aged 25, heart surgery at 4, who suffers from severe tetralogy of Fallot with a current state that precludes surgical reconstructions, so maintaining only a type IV functional capacity that prevents you from physical exertion.

He needs to reside on a lower floor, but they live in a second floor, which, since 2004, requested the Municipal Department of Housing an exchange. As the neighbor of the lower left "visit" abroad, he left the house, but is in very poor condition. One of the regulations of the Housing Act implies that if the alien is traveling to more than 11 months without returning to the country, lost all his possessions to become state property and the house in particular goes to fund housing for what he said he had to get out.

The Municipal Department of Housing, I set out to do a swap of second-floor apartment, and place another person there, but cheated on her, left her with things collected for doffing and never out of there, but in the second floor located a nurse, but Margaret is still paying rent that house.

Faced with numerous complaints and claims, all government agencies for more than four years, the Provincial Department of Housing on December 28, 2009, recommended two options: change of address request to the Commission to grant or claim ownership of housing in poor condition through services firm, which is a real joke, because that body has all the powers to solve the waste issue. In short, she has nowhere to claim or where to complain.


CASE FIVE

MARTINEZ TAMAYO YURLEANI.


Occupying a dwelling was illegal from the February 4, 2009 until April 9, 2010, with her daughters, 4 and 2 years respectively when they broke to evict her, (in Cuba euphemistically called extraction). Entered from a balcony at dawn, two policemen and a locksmith, trying to snatch the girls who had strongly embraced.

It originated in a violent, causing a number of bruises and fractures Yurleani pose a danger to your life and be hit most of the girls. Yurleani tried to defend himself. The attack on law enforcement officers was kicked in the testicles to one and a bite on the finger to another.

Judgement No. 415 of September 30, 2010 the People's Provincial Tribunal of Havana, is a document worthy of being designated as such, as well as being riddled with grammatical mistakes and gratuitous statements, exhibits an amazing story by which only a woman 155 cm tall and 90 pounds, lying on the ground and tightly packed with two girls in his arms, fought three people and became aggressive of two policemen, for which he was sentenced to three years of house arrest.

The lawyer hired to defend her, named Vivian Canellada Fernández, charged him 500 Cuban pesos, but the price was only 165.00 and never managed to hand over his copy of the contract. In aggravation, the attorney was not present at trial, and was defended by a craft, that he was unaware of the details of the case. More unusual is the fact that the Court has acted as the ruling as a representative present at the trial Canellada Vivian.

Yurleani and his family went to all instances, before and after the trial, but the lawyer advised him not marras appeal. A document of the military prosecutor who accused the police, stated that there was proportionality between aggression and defense, so try to exonerate the police. According to this criterion there is no crime in the force of the repressed, but neither is in the performance of Yurleani, and the Court ignored this research.

Judgement Document, is explicitly stated that injuries received Yueleani tooth mortality, perforated eardrum facial edema, contusion in the right arm and Atlantocia rotatory subluxation, which put his life in imminent danger, but despite this police violence has not where demand and listen.


Havana, May 2, 2011

=====================================================================================================

La falta de legalidad en Cuba

Un grupo de analistas está estudiando algunas situaciones que muestran la falta de legalidad en el país y el caos en que puede verse envuelto un ciudadano cualquiera al no tener instancia alguna donde quejarse y solucionar sus problemas. Se han detallado cinco casos que son una pequeña muestra de cómo se viola la Ley que el mismo gobierno ha puesto en vigor; así como le niegan los derechos a los ciudadanos, a pesar de jactarse de que promueven la justicia social.

El hecho de que un número considerable de personas recurra a: “los de los derechos humanos” es una prueba de que al menos quieren ser oídos por alguien, ya que lo que se puede hacer es solamente denunciar estas ilegalidades a través de Internet y cuestionar la actitud del gobierno por medio de cartas -que nunca responden- a las diferentes instancias.

PRIMER CASO.

EMPRESA ETECSA (TELECOMUNICACIONES S.A.)


Esta empresa tiene el monopolio estatal de las comunicaciones telefónicas. Brinda un servicio de discado internacional directo, que cobra en cuc (peso cubano convertible) y factura en US dólar.

La ciudadana Martha Beatriz Roque Cabello interpuso una acusación contra el director de la Empresa de Telecomunicaciones de Cuba S.A. (ETECSA) ante la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo Popular por el delito de estafa continuada, el pasado 25 de abril, de la cual no ha tenido respuesta alguna. Este delito se comete a nivel social, es víctima todo el que usa este servicio, incluyendo los extranjeros residentes en el país

Al devaluarse el peso cubano convertible (cuc) con respecto al dólar según el Acuerdo No. 30/11 con fecha de entrada en vigor el 14 de marzo, a partir de esa fecha correspondería pagar la nueva tasa y no con carácter retroactivo. La Empresa facturó correctamente el mes de febrero, pero le aplicó el cambio que correspondía al 14 de marzo, cobrando en exceso, incluso los primeros 13 días del tercer mes del año.

En dos ocasiones se dirigió personalmente a las oficinas de ETECSA de su localidad, demostrándose la incapacidad a ese nivel de rectificar ese proceder, al igual que en las instancias superiores.

Otra estafa –de carácter continuado- se refiere a la aplicación, a este tipo de usuario, de un impuesto de aproximadamente un 16% en base al Decreto Ley No. 213 del Consejo de Estado, que solo es aplicable a las personas jurídicas.

La Empresa que no tiene control legal y trabaja a su libre albedrío, dejó de aplicar la devaluación del dólar en su cobro, desde el año 2005, cuando se devaluó el dólar en un 8% con respecto al cuc y hasta 2008, en pesos cubanos convertibles, la misma cantidad que facturaba en dólares y a pesar de las quejas ciudadanas, cuando rectificó, no acreditó a los usuarios lo que había cobrado en exceso.

Todas estas irregularidades pueden cometerse porque el pueblo cubano no tiene a dónde recurrir para reclamar sus derechos.


SEGUNDO CASO

CRISTÓBAL RODRÍGUEZ CONTRERAS.


Los ciudadanos cubanos residentes en el extranjero, si enfrentan un conflicto legal en el país, deben acudir a un abogado del Bufete Internacional, el que se paga en moneda libremente convertible, con altas tarifas de países desarrollados.

Cristóbal Rodríguez Contreras, es un cubano residente en Estados Unidos de América, debido a que salió de Cuba de forma ilegal (entiéndase por mar en una lancha); en 7 ocasiones solicitó la entrada al país para ver a su hermano, enfermo en fase terminal, denegándosela. Un ciudadano cubano no tiene derecho a entrar y salir libremente de su nación. Finalmente el hermano murió, estando Cristóbal en prisión en la isla, por tratar de entrar de la misma forma que salió, por mar en una lancha.

El documento de sanción de Cristóbal es la mayor prueba de la impunidad que tienen los tribunales, los fiscales y los abogados. A pesar de haber pagado 1300 US dólares fue defendido por un abogado de oficio. Acusado y sancionado por tráfico ilegal de personas que en ningún momento quedó probado en el juicio (no quiere decir que no haya cometido el delio) y mucho menos en el documento de sanción. Cristóbal cumple 13 años de privación de libertad.

Se encuentra en huelga de hambre desde el 9 de marzo de 2011, ingresado en el Hospital Provincial de Santa Clara “Arnaldo Milián Castro”, reclamando se haga una revisión de su juicio y sea juzgado por “Entrada ilegal”, que tiene una pena máxima de 3 años.

Las gestiones previamente realizadas por Cristóbal, su prolongada huelga de hambre, la amplia divulgación internacional y finalmente una carta dirigida a la Ministra de Justicia el 18 de abril de 2011, han propiciado una respuesta de las autoridades, ordenando una revisión del caso.


TERCER CASO

ARIEL LÁZARO FERNANDEZ GONZÁLEZ


Fue sancionado a 8 años de privación de libertad por el delito de Malversación en lugar de Apropiación indebida reconocido por él, con una sanción máxima de 3 años. El 3 de septiembre de 2010 el Viceministro Primero del Ministerio de Justicia (MINJUS) Urbano José Pedraza Linares dirigió al Tribunal Supremo Popular una impugnación contra la sentencia inicial, donde señaló lo erróneo de haber calificado los hechos de Malversación en lugar de Apropiación Indebida, e indicó que se anulara la sentencia y que se impusiera otra por el delito realmente incurrido.

Sin embargo, el nuevo juicio se celebró exclusivamente con los 5 jueces, por lo que no fueron citados el fiscal, el abogado defensor, ni Ariel, ratificándose la sentencia.

Debido a las gestiones realizadas y la divulgación de su caso, Ariel recibió el 27 de abril de 2011 una carta de la Oficina de Atención a la Ciudadanía del Consejo de Estado, donde se ordena la revisión de su caso. Sin embargo, al igual que otros casos de reclusos sancionados, a los que los analistas escuchan, no aparece su documento de sanción, algo que se ha convertido en cosa común.

CUARTO CASO

MARGARITA RODRÍGUEZ ROSADO


Una de las situaciones más difíciles para los cubanos es el problema de la vivienda. Durante 52 años de desidia total con los problemas sociales, el gobierno ha llevado a tres generaciones a vivir en una misma casa, trayendo nefastos problemas éticos e incluso sentimentales, como si se hubiera acabado el querer en la familia. La Ley General de la Vivienda es una especie de monstruo controladora de todo lo que tiene que ver con un inmueble. Como está prohibido vender y comprar casas se creó un engendro que se llama “permuta”, que consiste en el cambio de un local por otro, bajo la total vigilancia y control del régimen. Detalles tan mezquinos como la cantidad de metros cuadrados que tiene un lugar y otro que va a permutarse, forman parte del potestad oficial de permitir o no la transacción.

La señora Margarita Rodríguez Rosado, residente en Santa Clara, Villa Clara; tiene un hijo de 25 años de edad, operado del corazón a los 4, que padece de una tetralogía de Fallot severa con un estado actual que imposibilita realizarle reconstrucción quirúrgica, por lo que mantiene solo una capacidad funcional tipo IV que le impide realizar esfuerzos físicos.

Él requiere residir en una planta baja, pero viven en un segundo piso, por lo cual, desde 2004 solicitó a la Dirección Municipal de la Vivienda una permuta. Como la vecina de los bajos salió de “visita” al exterior, le dejó la vivienda, aunque está en muy mal estado. Una de las regulaciones de la Ley de la Vivienda implica que si el que viaja al extranjero está más de 11 meses sin regresar al país, pierde todos sus bienes que pasan a ser propiedad del Estado y la casa en particular va al fondo habitacional, por lo que le indicaron que tenía que salir de allí.

La Dirección Municipal de la Vivienda, le propuso hacer una permuta de su apartamento del segundo piso, y ubicar allí a otra persona, pero la engañó, la dejaron con las cosas recogidas para la mudada y nunca la sacaron de allí; sin embargo en el segundo piso ubicaron a una enfermera, aunque Margarita aún sigue pagando el alquiler de esa casa.

Ante sus numerosas quejas y reclamaciones, a todas las instancias gubernamentales, por más de 4 años, la Dirección Provincial de la Vivienda el 28 de diciembre de 2009, le recomendó dos opciones: Solicitar el cambio de vivienda a la Comisión de Otorgamiento o reclamar el derecho de propiedad de la vivienda en mal estado a través de los servicios de bufete, lo cual constituye una verdadera burla, ya que esa instancia tiene todas las atribuciones para darle solución al asunto. En síntesis, ella no tiene a donde reclamar ni a donde quejarse.

QUINTO CASO

YURLEANI TAMAYO MARTÍNEZ.


Se encontraba ocupando una vivienda ilegal desde el 4 de febrero de 2009 hasta el 9 de abril de 2010, con sus hijas de 4 y 2 años respectivamente cuando irrumpieron para desalojarla, (en Cuba eufemísticamente se llama extracción). Entraron por un balcón de madrugada, dos policías y un cerrajero, pretendiendo arrebatarle a las niñas que tenía fuertemente abrazadas.

Se originó una situación violenta, ocasionándole a Yurleani varias contusiones y fracturas con peligro para su vida, además de recibir golpes la mayor de las niñas. Yurleani trató de defenderse. El ataque a los agentes del orden consistió en una patada por los testículos a uno y una mordida en el dedo a la otra.

La sentencia No. 415 del 30 de septiembre 2010 del Tribunal Provincial de Popular de Ciudad de La Habana, es un documento indigno de ser nombrado como tal, ya que además de estar plagado de incorrecciones gramaticales y afirmaciones gratuitas, expone una narración increíble, mediante la cual una mujer de solo de 155 cm de estatura y 90 libras de peso, tirada en el suelo y con dos niñas fuertemente apretadas en sus brazos, luchó contra tres personas y se convirtió en agresora de dos policías, por lo cual fue condenada a tres años de prisión domiciliaria.

La abogada que contrató para que la defendiera, de nombre Vivian Canellada Fernández, le cobró 500 pesos cubanos, aunque la tarifa era solo de 165.00 y nunca logró que le entregara su copia del contrato. Como agravante, la abogada no estuvo presente en el juicio, y fue defendida por una de oficio, que no estaba al tanto de los pormenores del caso. Más insólito aún es el hecho de que el Tribunal que actuó haya puesto en la sentencia como representante y presente en el juicio oral a Vivian Canellada.

Yurleani y su familia acudieron a todas las instancias, antes y después del juicio, aunque la abogada de marras le aconsejó no apelar la sentencia. Un documento de la Fiscalía Militar en la que acusaron a los policías, expresa que hubo proporcionalidad entre la agresión y la defensa, de esta forma tratan de exculpar a los agentes policiales. Según este criterio no hay delito en la fuerza que la reprimió, pero tampoco lo hay en la actuación de Yurleani, y el Tribunal hizo caso omiso a esta investigación.

En el documento de Sentencia, se dice explícitamente que Yueleani recibió lesiones de mortalidad dentaria, edema facial perforación timpánica, contusión en miembro superior derecho y subluxación rotatoria Atlantocia, que puso en peligro inminente su vida, pero a pesar de esta violencia policial no tiene a donde reclamar y que la escuchen.


La Habana, 2 de mayo de 2011


Lic. Arnaldo Ramos Lauzurique Ing. Rolando Reyes Rabanal Lic. Martha Beatriz Roque Cabello

No hay comentarios:

Publicar un comentario