Cuba autoriza pagos estatales en moneda convertible a cuentapropistas
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- Publicado el Jueves, 21 Febrero 2013 04:36
- Por Café Fuerte

TRABAJADORES POR CUENTA PROPIA PODRÁN COBRAR SUS SERVICIOS EN MONEDA CONVERTIBLE A ENTIIDADES ESTATALES.
En un nuevo paso en el reordenamiento económico y financiero del país, el gobierno cubano permitirá que las empresas e instituciones estatales puedan contratar y pagar en moneda convertible los servicios de trabajadores privados.
De acuerdo con resoluciones del Ministerio de Economía y Planificación -publicadas este jueves en la Gaceta Oficial Extraordinaria- se autorizará “el pago en pesos convertibles (CUC) de personas jurídicas a naturales en determinados casos que aconseja la realidad actual”, indica una información aparecida en el diario Granma.
La publicación afirma que en todos los casos los montos requeridos para realizar los pagos deberán estar aprobados en los presupuestos y planes para el año fiscal de las personas jurídicas, lo que condiciona que las cantidades a pagar no estén limitadas por decisiones administrativas.
Las nuevas medidas autorizan el pago en CUC por los servicios de alimentación que ofrezcan los cuentapropistas a entidades radicadas en el territorio nacional. También las entidades presupuestadas y las personas jurídicas del sistema del turismo podrán contratar servicios a trabajadores privados con la opción de efectuar pagos en CUC.
La información agrega que se permitirá a las entidades contratar servicios de reparaciones menores, plomería u otras actividades de acuerdo con un criterio de eficiencia del proveedor.
La publicación afirma que en todos los casos los montos requeridos para realizar los pagos deberán estar aprobados en los presupuestos y planes para el año fiscal de las personas jurídicas, lo que condiciona que las cantidades a pagar no estén limitadas por decisiones administrativas.
Las nuevas medidas autorizan el pago en CUC por los servicios de alimentación que ofrezcan los cuentapropistas a entidades radicadas en el territorio nacional. También las entidades presupuestadas y las personas jurídicas del sistema del turismo podrán contratar servicios a trabajadores privados con la opción de efectuar pagos en CUC.
La información agrega que se permitirá a las entidades contratar servicios de reparaciones menores, plomería u otras actividades de acuerdo con un criterio de eficiencia del proveedor.
No pueden ser en efectivo
Igualmente, se abre la posibilidad de incorporar el pago en CUC en el caso de experimentos que se aprueben como nuevas formas de gestión.
El único requerimiento es que los pagos no pueden realizarse en efectivo, sino empleando cheques, tarjetas, pagarés, letras de cambio, cartas de crédito local y otros instrumentos financieros.
"No es esta una medida casual y mucho menos aislada", dijo Marta García Pino, especialista del Grupo de Políticas Macroeconómicas de la Comisión Permanente para la Implementación y el Desarrollo, citada por el diario.
La funcionaria explicó que el fortalecimiento del trabajo por cuenta propia y la creación de otras formas de gestión no estatal ha hecho necesario modificar los límites establecidos para el pago a personas naturales por parte de los organismos estatales.
El MEP determinó las actividades o servicios que podrán ser pagados en CUC a un trabajador por cuenta propia por una persona jurídica.
Las disposiciones se suman al marco legal que el gobierno ha emitido desde el 2010, cuando se amplió el ejercicio del cuentapropismo a más de 180 actividades laborales.
Actualmente el país cuenta con unos 400,000 trabajadores por cuenta propia en todo el país.
Igualmente, se abre la posibilidad de incorporar el pago en CUC en el caso de experimentos que se aprueben como nuevas formas de gestión.
El único requerimiento es que los pagos no pueden realizarse en efectivo, sino empleando cheques, tarjetas, pagarés, letras de cambio, cartas de crédito local y otros instrumentos financieros.
"No es esta una medida casual y mucho menos aislada", dijo Marta García Pino, especialista del Grupo de Políticas Macroeconómicas de la Comisión Permanente para la Implementación y el Desarrollo, citada por el diario.
La funcionaria explicó que el fortalecimiento del trabajo por cuenta propia y la creación de otras formas de gestión no estatal ha hecho necesario modificar los límites establecidos para el pago a personas naturales por parte de los organismos estatales.
El MEP determinó las actividades o servicios que podrán ser pagados en CUC a un trabajador por cuenta propia por una persona jurídica.
Las disposiciones se suman al marco legal que el gobierno ha emitido desde el 2010, cuando se amplió el ejercicio del cuentapropismo a más de 180 actividades laborales.
Actualmente el país cuenta con unos 400,000 trabajadores por cuenta propia en todo el país.


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