lunes, 28 de septiembre de 2015

UN DIA COMO HOY, EN LA HISTORIA DE CUBA: CABILDO.

POR: GUIJE CUBA


El 28 de septiembre en la Historia de Cuba

• 1566 -

- De las “Actas Capitulares del Ayuntamiento de La Habana” Tomo II 1566 - 1574, dirigida por Emilio Roig de Leuchsenring, Municipio de La Habana, Administración del Alcalde Dr. Antonio Beruff Mendieta, editada en 1939:

   “Cabildo 28 septiembre de 1566.

   “En la villa de San Cristobal de la Habana á veinte é ocho dias del mes de Setiembre de mil é quinientos é sesenta é seis años se juntaron á consulta y cabildo segun que lo han de uso é costumbre conviene á saber: El Ylustre Señor García Osorio Gobernador y Capitan General por Su Magestad desta Ysla de Cuba é los Señores Antonio de la Torre é Juan de Ynestrosa é Bartolomé Cepero regidores desta dicha villa en precsencia de mi el escribano de yuso escrito é lo que se trató en el dicho cabildo es lo siguiente.

   “Fué acordado que por cuanto algunas personas venden carne salada fuera desta villa en algunos puestos y estancias de su jurisdiccion é dicen que no deben la sisa della por vendella fuera desta villa que mandaban é mandaron que se cobre la sisa de toda la carne que se vendiere en cualquiera parte y lugar que sea jurisdiccion desta villa é la paguen las personas que la vendieren quitando para la sisa como está ordenado.

   “Fué acordado que por cuanto el reverendo padre Hernan Rodriguez de Verduras ha pedido que por cuanto él es cura desta villa y su Santa Yglesia della la capellania de Fernan Tellez desde primero de Mayo hasta postrero de Agosto é se le dé el dicho tercio que se le mande pagar y ansí-mismo se dé la memoria de los que tienen censo é de las misas que es obligado decir é sus mercedes mandaron que se le dé segun que lo pide.- Garcia Osorio.- Antonio de la Torre.- Juan de Ynestrosa.- Bartolomé Cepero.- Pasó ante mi Francisco Perez de Borroto escribano público y cabildo.

   “Fianza.

   “En la villa de San Cristobal de la Habana, en once dias del mes de Setiembre de mil é quinientos é sesenta é seis años ante el Ylustre Señor Garcia Osorio Gobernador y Capitan General por Su Magestad desta Ysla de Cuba y en presencia de mi el escribano de yuso escrito Juan Roman alguacil desta villa dijo: que el daba y dió por su fiador como está mandado para que hará residencia á Bartolomé Basago vecino desta villa el cual dicho Bartolomé Basago dijo que fiaba y fió al dicho alguacil Juan Roman en tal manera que hará residencia personalmente de todo el tiempo que fuese alguacil desta villa é Su Magestad la mandase tomar é pagará todo lo que en la dicha residencia fuese juzgado é sentenciado é cuando no hiciese la dicha residencia él como tal fiador lo pagará por su persona é bienes sin que se haga descusion en la persona é bienes del dicho Juan Roman é para ello obligó su persona é bienes muebles é raices habidos é por haber é dió poder á las justicias de Su Magestad para que le compelan á ello é renunció las leyes de que en este caso se podria aprovechar en especial renunció la ley é regla del derecho en que diz que general renunciacion de leyes fecha non vale é porque no sabe escribir á su ruego firmólo el padre Fray Gabriel de Zabala.- testigos el dicho Fray Gabriel de Zabala- é Alonso Fajardo é Bernardino de Mata- Fray Gabriel Gutierrez Zabala.”
- Próxima Acta Capitular del Ayuntamiento de La Habana: 11 de octubre de 1566.

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