domingo, 28 de diciembre de 2025

Control del poder

comparación  entre los valores nucleares de cada concepción del Estado y el Derecho con los principios estructurales del Proyecto de Constituyente Ciudadana (PCC),  basado en: -soberanía ciudadana activa, -poder constituyente permanente, 

-control del poder, 

-juridicidad al servicio de la persona y no del aparato estatal, y 

-ruptura con el constitucionalismo elitista.


I. Valores centrales del Proyecto de Constituyente Ciudadana


Sintetizando su planteamiento, el PCC se funda en:

1. La soberanía reside en el ciudadano, no en una abstracción colectiva ni en el Estado.

2. El poder constituyente es permanente, no se agota en un acto fundacional.

3. Participación directa y control ciudadano sobre las instituciones.

4. Limitación estricta del poder y rechazo del Estado como fin en sí mismo.

5. Primacía de la dignidad humana y la libertad política real, no meramente formal.

6. Desconfianza estructural del poder concentrado, sea político, burocrático o ideológico.


Con estos criterios, evaluemos los modelos.


II. Concepción Norteamericana del Estado y el Derecho


Rasgos esenciales

“We the People” como pacto entre ciudadanos soberanos, no como masa orgánica.

Constitución como instrumento de limitación del poder, no de organización total del Estado.

Separación estricta de poderes y checks and balances.

Derechos preexistentes al Estado (iusnaturalismo político).

Descentralización y federalismo.


Compatibilidad con el PCC


Muy alta, con una salvedad histórica.


✔ Coincide plenamente en:

Soberanía ciudadana individual.

Desconfianza del poder.

Derecho como límite al Estado.

Constitucionalismo como escudo del ciudadano.


✘ Diverge en:

Su evolución hacia un constitucionalismo judicial elitista y una democracia representativa cerrada.


👉 Conclusión:

La concepción norteamericana es la más compatible en su núcleo filosófico original, y el PCC puede entenderse como una radicalización democrática de ese modelo, corrigiendo su deriva oligárquica.


III. Europa Continental (Modelo Romano-Germánico)


Rasgos esenciales

Soberanía popular abstracta (el “pueblo” como entidad).

Estado como ordenador central de la vida social.

Constitución como proyecto normativo del Estado.

Democracia principalmente representativa.

Tradición positivista del derecho.


Compatibilidad con el PCC


Media a baja.


✔ Coincide en:

Reconocimiento formal de derechos.

Idea de constitucionalidad.


✘ Diverge en:

El ciudadano es objeto, no sujeto permanente del poder.

El Estado es el centro del sistema.

La participación directa es excepcional.

El poder constituyente es cerrado y episódico.


👉 Conclusión:

El modelo europeo continental es incompatible en lo esencial con el PCC, pues privilegia la estabilidad del Estado sobre la soberanía viva del ciudadano.


IV. Rusia / Eurasia (Tradición Bizantina)


Rasgos esenciales

Poder vertical y centralizado.

Estado como encarnación histórica de la nación.

Derecho subordinado al poder político.

Continuidad entre zarismo, sovietismo y presidencialismo fuerte.

Colectivismo estatal.


Compatibilidad con el PCC


Nula.


✘ Incompatibilidades fundamentales:

Niega la soberanía ciudadana.

Rechaza el control horizontal del poder.

El derecho es instrumento del Estado.

No existe poder constituyente ciudadano real.


👉 Conclusión:

Es radicalmente incompatible con el Proyecto de Constituyente Ciudadana.



V. China (Confucianismo + Marxismo-Leninismo)


Rasgos esenciales

Primacía del orden, la armonía y la jerarquía.

Estado-partido como tutor moral de la sociedad.

Derecho como mecanismo de disciplina social.

Ausencia de soberanía individual.

Legitimidad basada en eficiencia, no en consentimiento.


Compatibilidad con el PCC


Ninguna.


✘ Incompatibilidades totales:

El ciudadano no es soberano.

No existe poder constituyente.

El Estado es el fin supremo.

La participación es funcional, no decisoria.


👉 Conclusión:

China representa el antimodelo del PCC.


VI. Conclusión General Comparativa


Modelo

Compatibilidad con el PCC

Norteamericano (fundacional)

🟢🟢🟢🟢🟢 Muy alta

Europa Continental

🟡🟡 Baja-media

Rusia / Eurasia

🔴 Nula

China

🔴 Nula


VII. Conclusión Final


El Proyecto de Constituyente Ciudadana es filosófica y estructuralmente compatible, casi de forma exclusiva, con la concepción norteamericana originaria del Estado y el Derecho, entendida no como sistema cerrado, sino como pacto dinámico entre ciudadanos soberanos.


Sin embargo, el Proyecto de Constituyente Ciudsdana va más allá:

Supera el constitucionalismo representativo.

Reactiva el poder constituyente.

Devuelve el Estado a su lugar instrumental.


En ese sentido, el PCC no copia ningún modelo:

rescata lo mejor del constitucionalismo liberal norteamericano y lo lleva a su consecuencia lógica: la soberanía permanente del ciudadano.

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