sábado, 25 de abril de 2026

LA REVOLUCIÓN INCONCLUSA Y LA CONTRARREVOLUCIÓN DE 1959 EN CUBA.

 LA REVOLUCIÓN INCONCLUSA Y LA CONTRARREVOLUCIÓN DE 1959 EN CUBA.

Por Faisel Iglesias
La palabra revolución, en su sentido más riguroso, no puede ser utilizada con ligereza histórica ni con indulgencia ideológica. No todo cambio violento constituye una revolución, ni toda ruptura aparente implica progreso. La revolución, en su acepción auténtica, es un proceso de transformación que, aun cuando pueda estar acompañado de violencia, tiene como finalidad esencial remover las trabas estructurales que impiden la libertad del individuo y el desarrollo armónico de la sociedad. Allí donde estas trabas no son destruidas, sino sustituidas por otras más profundas, no hay revolución, sino regresión.
Desde esta perspectiva, el proceso ocurrido en Cuba en 1959 —comúnmente denominado Revolución Cubana— exige ser revisado con rigor conceptual e histórico. No basta con atender a su carácter violento ni a su capacidad de ruptura institucional. Es necesario preguntarse: ¿el cambio producido eliminó las estructuras que limitaban la libertad del ciudadano y el progreso de la nación, o las reemplazó por otras de naturaleza más restrictiva?
La respuesta, desde un análisis jurídico e histórico, conduce a una conclusión incómoda pero necesaria: en 1959 no triunfó una revolución en Cuba. Se produjo, sí, un cambio violento de poder; pero ese cambio no significó la liberación de la sociedad cubana de sus trabas estructurales, sino la implantación de un modelo de Estado y de derecho ajeno a su tradición histórica y al desarrollo civilizatorio del hemisferio occidental.d
I. La noción de revolución: ruptura para la libertad
Toda revolución auténtica se define por su dirección: no por lo que destruye, sino por lo que libera. En este sentido, la historia moderna ofrece ejemplos paradigmáticos. La revolución inglesa del siglo XVII, la independencia norteamericana y los procesos constitucionales que siguieron, no fueron meras sustituciones de élites; constituyeron la afirmación progresiva de un principio: la limitación del poder y el reconocimiento de derechos inherentes al individuo.
En esa línea histórica se inscribe, en el caso cubano, la tradición inaugurada por Ignacio Agramonte y elevada a su máxima expresión moral y política por José Martí. En Agramonte, la soberanía del individuo se manifiesta como fundamento del orden político; en Martí, la República se define como un espacio construido “con todos y para el bien de todos”, donde la dignidad plena del hombre constituye la ley primera.
Esa era, en rigor, la verdadera revolución cubana: una revolución que no llegó a consumarse plenamente, que quedó inconclusa en la historia, y cuyo núcleo no era la toma del poder, sino la construcción de un orden fundado en la libertad, la justicia y el equilibrio.
II. 1959: violencia sin liberación
El proceso de 1959 se presentó a sí mismo como la culminación de esa tradición. Sin embargo, muy pronto se reveló como su negación. La violencia que acompañó el cambio de poder no fue instrumento de liberación, sino de sustitución. Las estructuras que limitaban la libertad no fueron eliminadas, sino reorganizadas bajo una forma más concentrada y sistemática.
El nuevo régimen no se orientó a limitar el poder, sino a expandirlo. No buscó reconocer derechos preexistentes, sino subordinarlos a la voluntad del Estado. No fortaleció la independencia judicial, sino que convirtió al derecho en instrumento de la ideología.
Este proceso no puede ser comprendido sin atender a su raíz doctrinal. El modelo implantado en Cuba no emergió de su tradición histórica ni de la evolución del constitucionalismo occidental. Fue, por el contrario, una trasposición de estructuras políticas y jurídicas provenientes del modelo soviético, el cual, a su vez, no constituía una creación original del siglo XX, sino la transformación de una herencia más antigua.
III. El trasplante de un modelo ajeno: de la Rusia zarista al Estado soviético
La concepción del Estado adoptada en Cuba tiene una genealogía que no se corresponde con la evolución del hemisferio occidental. El sistema soviético, del cual se nutrió el modelo cubano, no puede entenderse sin su antecedente inmediato: la estructura del poder en la Rusia anterior a 1917.
La Rusia zarista, aún en pleno siglo XX, conservaba rasgos fundamentales de organización feudal: concentración del poder, ausencia de controles institucionales efectivos, subordinación del derecho a la autoridad política. La revolución bolchevique no eliminó completamente estas estructuras; las transformó bajo una nueva ideología, pero manteniendo su lógica esencial: la primacía del poder sobre el derecho.
Cuando Cuba adopta ese modelo, no está incorporando una forma avanzada de organización política, sino una estructura que, en términos históricos, representaba un retroceso respecto al desarrollo del constitucionalismo occidental, el cual, desde hacía más de dos siglos, había avanzado hacia la limitación del poder, la separación de funciones y el reconocimiento de derechos individuales.
IV. La contrarrevolución: negación de la tradición cubana
En este sentido, el proceso de 1959 no puede ser definido como una revolución en el sentido histórico del término. Constituye, más bien, una contrarrevolución respecto de la verdadera revolución cubana, aquella que tenía como horizonte la realización del proyecto republicano de Agramonte y Martí.
La contrarrevolución no se define aquí por la defensa del antiguo régimen, sino por la ruptura con la dirección histórica del progreso jurídico y político de la nación. Mientras la tradición cubana se orientaba hacia la afirmación de la soberanía del ciudadano, el nuevo modelo la sustituyó por la soberanía del Estado. Mientras aquella buscaba limitar el poder, este lo absolutizó.
La consecuencia de este proceso fue la inversión del orden natural del derecho: el ciudadano dejó de ser sujeto y se convirtió en objeto; el Estado dejó de ser instrumento y se transformó en fin; la ley dejó de expresar lo justo para convertirse en mecanismo de imposición.
V. La revolución inconclusa
Sin embargo, la historia no se cierra en 1959. La verdadera revolución cubana —la revolución de la dignidad del hombre, de la soberanía del ciudadano, del derecho como expresión de lo justo— permanece inconclusa.
Esta revolución no es un hecho del pasado, sino una tarea del presente y del futuro. No requiere necesariamente de la violencia, sino de la reconstrucción consciente del orden jurídico y político sobre bases distintas: aquellas que reconocen que el poder no es originario, sino derivado; que el derecho no es creación arbitraria, sino reconocimiento de la dignidad humana; que la nación no es propiedad del Estado, sino comunidad de ciudadanos libres.
VI. Síntesis final
La precisión conceptual no es un ejercicio académico estéril; es una necesidad histórica. Llamar revolución a lo que no lo es, impide comprender la naturaleza del problema y, por tanto, su solución.
En Cuba, el proceso de 1959 no constituyó la culminación de la revolución, sino su interrupción. Fue la sustitución de unas trabas por otras, la importación de un modelo ajeno y la negación de una tradición propia.
Por ello, la tarea pendiente no es defender o condenar un episodio histórico, sino retomar el hilo de la verdadera revolución cubana, aquella que, desde Ignacio Agramonte hasta José Martí, concibió la República como un orden fundado en la libertad, la justicia y la dignidad del hombre.
Cláusula de cierre
Cuando un pueblo confunde la sustitución del poder con la conquista de la libertad, la historia se detiene; cuando recupera el sentido de la verdadera revolución, la historia vuelve a comenzar.

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