jueves, 13 de mayo de 2010

AN aprueba en primera discusión reforma a Ley de Tierras y Desarrollo Agrario


ND.- Este jueves, la Asamblea Nacional aprobó en primera discusión la propuesta de reforma a la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario. Ésta prohíbe la tercerización del uso de las tierras agrícolas y de acuerdo al diputado Mario Isea, permitirá aplicar la “máxima socialista de que la tierra es de quien la trabaja”.

opinan los foristas

Así lo recoge Globovisión:

La Plenaria de la Asamblea Nacional aprobó en primera discusión la propuesta de reforma a la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario que prohíbe la tercerización del uso de las tierras agrícolas. El diputado Miguel Rojas y los grupos parlamentarios Podemos y Ecológico, Humanista salvaron sus votos.

El diputado Mario Isea pidió la urgencia parlamentaria para la segunda discusión del proyecto, la cual fue aprobada por mayoría simple.

Durante su intervención, el diputado Isea aseguró que la reforma persigue “privilegiar la función social de la tierra” y aseguró que permitirá aplicar la “máxima socialista de que la tierra es de quien la trabaja”.

Dijo que este proyecto “le da la oportunidad a los campesinos que tienen años trabajando la tierra”.

El diputado Ricardo Gutiérrez solicitó que la discusión fuese diferida y recordó que la ley actual incluye en su articulado la prohibición de la tercerización y el arrendamiento. Recordó que el Estado posee 50 millones de hectáreas pero han sido necesarias las importaciones para garantizar el abastecimiento agroalimentario.

Denunció que con el inicio de las expropiaciones “ha decaído de una manera peligrosa la producción agrícola del país y quiso resolverse todo en una época de bonanza de disponibilidad de dólares con la importación”.

Este jueves, la Asamblea Nacional realizará la primera discusión del proyecto de reforma a la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, la cual establece que el Estado será accionista de “empresas de propiedad social” destinadas a la en la producción, manufactura, distribución y comercialización, nacional e internacional, de productos agrícolas y alimentos del sector agrícola.

El proyecto reserva para el Gobierno Nacional “las actividades de producción primaria, industrialización, distribución y comercialización” que permitan consolidar la soberanía agroalimentaria del país.

El artículo 7 de la reforma se refiere al latifundio como “”aquella tenencia de tierras ociosas o incultas, en extensiones mayores al promedio de ocupación de la región en la cual se encuentran ubicadas (…)Se determinará la existencia de un latifundio, cuando señalada su vocación de uso, así como su extensión territorial, se evidencie un rendimiento idóneo menor a 80%”.

Se estable como tercerización ” toda forma de aprovechamiento de la tierra con vocación agrícola mediante el otorgamiento a un tercero del derecho de usufructo sobre ésta o el mandato de trabajarla, bien sea a través de la constitución de sociedades, arrendamientos, comodatos, cesión de derechos, medianería, aparcería, usufructo o, en general, cualesquiera formas o negocios jurídicos, onerosos o no, con los cuales el propietario de la tierra efectúa su aprovechamiento con la intermediación de un tercero o lo delega en él”.

En el artículo 14 se indica que “son también sujetos preferenciales de adjudicación los campesinos y campesinas que hubieren permanecido por un período ininterrumpido superior a tres años trabajando tierras privadas ajenas, bajo alguna forma de tercerización, respecto de las tierras privadas objeto de su trabajo, cuando éstas fueren expropiadas por el INTI conforme al procedimiento previsto en la presente ley”.

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