viernes, 8 de junio de 2018

CONSTITUCION O IMPOSICION?




Por: Lcdo. Sergio Ramos

La dictadura cubana ha convocado a su seudo-parlamento para hacer enmiendas a la llamada Constitución Socialista de Cuba de 1976. La misma se hará bajo la dirección del General Raúl Castro, mientras que el recién seleccionado presidente Miguel Díaz Canel, fungirá de vice-presidente de dicha asamblea. Prueba fehaciente y clara de quien sigue realmente mandando en Cuba.
En la realidad, la constitución vigente en Cuba, así como las posteriores enmiendas que se le realizaran en 1992 y 2002, no responde a una legítimamente refrendada por el pueblo, debido a que todo el proceso de discusión y aprobación estuvo viciado por la ausencia de participación de las todas las tendencias opositoras del país y carente de la libre discusión de las ideas, planteamientos y propuestas. Tampoco hubo representación en aquella constituyente de otras posiciones políticas e ideológicas contrarias al oficialismo, sino que fue discutida y aprobada en una asamblea cuyos integrantes todos, respondían al único partido gobernante, el Partido Comunista de Cuba. Y para añadir más a su carácter ilegitimo, el proceso de referéndum para su aprobación estuvo viciado por la total falta transparencia, toda vez que el organismo electoral estaba absolutamente controlado por el mismo ejecutivo gobernante que redactó.  
Ante teles hechos, constituye un eufemismo hablar de la existencia de una constitución en Cuba. En realidad, es la imposición de un ordenamiento jurídico para establecer leyes conducentes a la conculcación de los derechos humanos y las libertades fundamentales del pueblo y garantizar la entronización de una casta gobernante a través de un solo minoritario partido, que advino al poder por la fuerza y que, por virtud de tal impositiva legislación, pasó ser un ilegítimo poder superior al estado cubano. 
Por tales motivos, la mal llamada Constitución de Cuba y sus enmiendas posteriores, al igual que la actualmente pretendida por el régimen, es ilegítima y nula ‘ab initio’.
De hecho, la impuesta constitución contiene una serie de artículos que por sí constituyen violaciones institucionales de los derechos humanos de los ciudadanos cubanos. Entre los que más se destacan son: 
El artículo 5, que otorga al Partido Comunista un rol supremo en la conducción de la vida nacional por encima del estado y del gobierno. Este establece que: “Artículo 5.- El Partido Comunista de Cuba, martiano y marxista-leninista, vanguardia organizada de la nación cubana, es la fuerza dirigente superior de la sociedad y del Estado, que organiza y orienta los esfuerzos comunes hacia los altos fines de la construcción del socialismo y el avance hacia la sociedad comunista.” (Énfasis nuestro).
Esta norma atenta contra la propia naturaleza de toda sociedad que es la pluralidad; además, viola el derecho del pueblo a elegir libremente a quienes serán sus gobernantes; e impide la representación de las otras tendencias políticas del país en el gobierno, pues excluye a los demás partidos, concediendo la exclusividad de gobernar al minoritario Partico Comunista, invistiéndole con poderes superiores al poder del estado.
La otra disposición opresiva es el Artículo 62, el cual citamos: “Ninguna de las libertades reconocidas a los ciudadanos puede ser ejercida contra lo establecido en la Constitución y las leyes, ni contra la existencia y fines del Estado socialista, ni contra la decisión del pueblo cubano de construir el socialismo y el comunismo. La infracción de este principio es punible”. (Énfasis nuestro).
Esta disposición coercitiva es por sí sola, violatoria de los derechos humanos de todos y cada uno de los ciudadanos cubanos, al prohibir y penalizar el ejercicio de sus libertades y derechos civiles que la propia constitución concede, cuando estos se ejercitan para exponer y procurar una posición distinta y/o contraria a los lineamientos y fundamentos del régimen.  
Por su parte el Artículo 3, al párrafo tercero, establece la inamovilidad e irrevocabilidad del régimen totalitario impuesto en Cuba. Este textualmente dice que: “El socialismo y el sistema político y social revolucionario establecido en esta Constitución, probado por años de heroica resistencia frente a las agresiones de todo tipo y la guerra económica de los gobiernos de la potencia imperialista más poderosa que ha existido y habiendo demostrado su capacidad de transformar el país y crear una sociedad enteramente nueva y justa, es irrevocable, y Cuba no volverá jamás al capitalismo”. (énfasis nuestro)
El contrasentido mayor de que adolece esta norma es fundarse en el falaz supuesto de la inmovilidad de los procesos evolutivos de la sociedad y de la historia, los cuales están en constante cambio. En segundo lugar, el objetivo de la norma es violatoria del derecho humano de los ciudadanos, pues pretende atar la voluntad del pueblo para favorecer el interés particular de la oligarquía gobernante, con el fin de perpetuar en el poder a éstos y a sus sucesores. Y, en tercer lugar, porque de su faz, la norma coarta el derecho del pueblo a elegir el tipo y forma de gobierno y a cambiarlo cuando entienda pertinente, lo que de por sí, viola el derecho del pueblo a su autodeterminación y soberanía.
Estos tres artículos citados, entre otras muchas otras disposiciones que contiene la magna carta del régimen totalitario, son completamente inaceptables en un ordenamiento jurídico que pretenda ser realmente una constitución que esté basada en la salvaguarda de los derechos humanos y las libertades del pueblo, así como también, en la forja de una sociedad inclusiva de todas las tendencias políticas, sociales y económicas del país. 
Por cuanto, esto nos lleva a concluir que bajo las actuales disposiciones violatorias de los derechos humanos y libertades fundamentales del pueblo cubano que contiene la magna norma impositiva del régimen, sumada a la total carencia de verdadera representación y participación en libertad y plenitud de derechos de las distintas vertientes del pensamiento del pueblo cubano, como sociedad plural que es, y unida a la ausencia de mecanismos imparciales y transparentes en los procesos electorales que garanticen su libre refrendación por el voto libre y universal de todo el pueblo, tales pretendidas enmiendas a la ilegitima constitución, serán realizadas más con finalidades cosméticas y acomodaticias de la casta gobernante, que para abrir la sociedad cubana a la libertad, la democracia y al respeto pleno de los derechos humanos, por lo que constituirán otra inaceptable imposición de la dictadura. 
En consecuencia, el pueblo cubano está entrampado en otro teatral capricho de la dictadura, para llevarlo a una farsa de referéndum, que tiene como propósito continuar bloqueando cualquier salida real hacia un futuro verdaderamente libre y próspero para el pueblo. Porque al fin de cuentas, de prevalecer los votos por ‘si’, tendría el efecto de  avalar la dictadura y la entronización de la casta en el poder; y, si por el contrario, prevalece el voto por el ‘no’, implicaría dejar en pie en todos sus términos y condiciones, un ilegítimo embeleco jurídico que ellos osadamente llaman constitución, el cual, además de institucionalizar la opresión que sufren los ciudadanos y dejar en el poder a la oligarquía comunista, contraviene los mejores intereses y aspiraciones de libertad, paz, progreso y bienestar del pueblo cubano.

Cuba no necesita enmiendas cosméticas, ni farsas electoreras, sino un cambio real y profundo hacia un verdadero estado de derecho verdaderamente democrático, inclusivo y justo. 
Lo que hace falta es exigir y procurar un cambio radical del sistema, a través de la salida del poder de todos los actuales opresores, para así poder convocar a una verdadera asamblea constituyente del pueblo cubano, en donde estén verdaderamente representadas todas las tendencias del pensamiento político, social y económico de la nación y cuyo producto constitucional se someta a referéndum a través del voto de los cubanos todos, dentro y fuera del país, de modo que sea una votación verdaderamente universal, libre y transparente de todo el pueblo cubano. Solo así Cuba tendrá una verdadera y legítima constitución. Lo demás es una inaceptable imposición.
San Juan, Puerto Rico a 6 de junio de 2018



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