jueves, 22 de agosto de 2024

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

(TEXTO DE APROBACION FINAL POR LA CAMARA) (19 DE AGOSTO DE 2024)

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

19na. Asamblea Legislativa

CÁMARA DE REPRESENTANTES R. de la C. 1189

4 DE AGOSTO DE 2024
Presentada por el representante 
Hernández Montañez Referida a la Comisión de Asuntos Internos RESOLUCIÓN

Sesión Ordinaria

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Para expresar la más enérgica censura de la Cámara de Representantes de Puerto Rico ante las serias violaciones de derechos humanos suscitadas en Venezuela bajo el liderato de Nicolás Maduro; repudiar los continuos señalamientos de fraude suscitados durante el pasado ciclo electoral para perpetuar este régimen autoritario; denunciar la falta de transparencia del Consejo Nacional Electoral para divulgar las actas donde constan los resultados obtenidos por cada colegio de votación; reclamar el fin de la dictadura y exigir que se proteja la voluntad democrática del pueblo Venezolano y reclamar que inicie una transición ordenada y pacífica para que Edmundo González Urrutia inicie su mandato; y para otros fines relacionados.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Los Artículos 62 y 63 de la Sección Primera del Capítulo IV de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela reconocen el derecho al voto como el principal mecanismo de transformación social que tienen disponible los treinta millones de venezolanos que residen en este vecino país de América del Sur para reclamar cambios a su gobierno, reformar sus instituciones públicas y mejorar la calidad de vida de sus ciudadanos.

Específicamente, la Constitución adoptada en 1999, establece que:

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[t]odos los ciudadanos y ciudadanas tienen el derecho de participar libremente en los asuntos públicos, directamente o por medio de sus representantes elegidos o elegidas. La participación del pueblo en la formación, ejecución y control de la gestión pública es el medio necesario para lograr el protagonismo que garantice su completo desarrollo, tanto individual como colectivo. Es obligación del Estado y deber de la sociedad facilitar la generación de las condiciones más favorables para su práctica. El sufragio es un derecho. Se ejercerá mediante votaciones libres, universales, directas y secretas. La ley garantizará el principio de la personalización del sufragio y la representación proporcional”.

(Énfasis nuestro)

No obstante, existe un profundo desfase entre las libertades individuales reconocidas en la Constitución de Venezuela y el proceder del régimen totalitario de Nicolás Maduro, ex miembro de la Asamblea Nacional Constituyente, ex ministro de Relaciones Exteriores y ex vicepresidente de Hugo Chávez, quien asumió el poder en el año 2013 mediante una elección matizada por serios cuestionamientos de legitimidad. Desde entonces, su gobierno se ha caracterizado por las continuas violaciones a las libertades individuales, el control absoluto de las instituciones gubernamentales, el dominio total de los organismos revisores y el uso excesivo de la fuerza para silenciar a sus opositores. De igual forma, su legado incluye una crisis humanitaria sin procedentes producto de una profunda contracción económica, altos índices de pobreza, una caída significativa en la producción petrolera y una movilización masiva de refugiados y migrantes que no muestra señales de desaceleración.

Ante esta realidad, el pueblo venezolano estaba listo para exigir un cambio a través del poder del voto. Por esta razón, el pasado 28 de julio de 2024, la inmensa mayoría de los treinta millones de residentes en Venezuela acudieron a las urnas para ejercer el derecho al sufragio y seleccionar al liderato que tendría la responsabilidad de dirigir los destinos del país durante el próximo ciclo de seis años. Sin embargo, este ejercicio estuvo sujeto a serios señalamientos de fraude e intervención indebida por parte de las fuerzas represivas del oficialismo, para declarar victorioso a Nicolás Maduro, con el respaldo del Consejo Nacional Electoral, sin permitir la divulgación de las actas que acreditaban este resultado.

La reacción de la comunidad internacional fue contundente. Los gobiernos de Colombia, México y Brasil emitieron un comunicado en conjunto para denunciar el proceder del régimen de Nicolás Maduro, reclamar transparencia y exigir la publicación inmediata de las actas electorales. Por su parte, los gobiernos de Estados Unidos, Argentina, Ecuador, Costa Rica, Uruguay y Panamá cuestionaron los resultados divulgados y reconocieron la victoria de su opositor.

La Cámara de Representantes de Puerto Rico no puede mantenerse silente ante las serias y continuas violaciones de derechos humanos que diariamente lidera el gobierno dictatorial de Nicolás Maduro, para perpetuarse en el poder y perseguir a quienes denuncien su régimen de terror. Por lo tanto, este Cuerpo Legislativo censura la tiranía del gobierno de Nicolás Maduro ante las serias violaciones de derechos humanos suscitadas en Venezuela. Además, repudia los continuos señalamientos de fraude utilizados para perpetuar este régimen autoritario y denuncia la falta de transparencia del Consejo Nacional Electoral para imponer un resultado sin la divulgación de las actas correspondientes.

En este contexto, el llamado de esta Cámara de Representantes es contundente: ni una muerte más para amedrentar a los opositores del gobierno de Nicolás Maduro, ni un arresto adicional para desalentar la disidencia y no más violaciones de derechos humanos. De esta forma, nos unimos al llamado de la comunidad internacional de que el único camino digno es el fin de la dictadura y exigir que se proteja la voluntad democrática del pueblo Venezolano y reclamar que inicie una transición ordenada y pacífica para que Edmundo González Urrutia inicie su mandato.

RESUÉLVESE POR LA CÁMARA DE REPRESENTANTES DE PUERTO RICO:

  1. 1  Sección 1.- Para expresar la más enérgica censura al gobierno de Nicolás Maduro ante

  2. 2  las serias violaciones de derechos humanos suscitadas en Venezuela; repudiar los

  3. 3  continuos señalamientos de fraude suscitados durante el pasado ciclo electoral para

  4. 4  perpetuar este régimen autoritario; denunciar la falta de transparencia del Consejo

  5. 5  Nacional Electoral para divulgar las actas donde constan los resultados obtenidos por

  6. 6  cada colegio de votación; reclamar el fin de la dictadura y exigir que se proteja la voluntad

  7. 7  democrática del pueblo Venezolano y reclamar que inicie una transición ordenada y

  8. 8  pacífica para que Edmundo González Urrutia inicie su mandato.

  9. 9  Sección 2.Copia de esta Resolución será traducida al idioma inglés y será enviada al

  10. 10  Secretario General de las Naciones Unidas, António Guterres; al Presidente de la Corte

  11. 11  Internacional de Justicia, Nawaf Salam; al Vice-Presidente de la Corte International, Julia

  12. 12  Sebutinde; a la Organización de Estados Americanos; Amnistía Internacional; al

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  1. 1  Presidente de los Estados Unidos de Norte América, Joseph R. Biden, y al liderato

  2. 2  legislativo del Congreso de los Estados Unidos.

  3. 3  Sección 3.- Esta Resolución entrará en vigor inmediatamente después de su

  4. 4  aprobación.

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