viernes, 12 de diciembre de 2025
Un día como hoy, diciembre 12, en nuestra lucha contra el Castro comunismo.
Un día como hoy, diciembre 12, en nuestra lucha contra el Castro comunismo.
Dedicado a aquellos que dicen que en Cuba no se luchó contra el comunismo.
Comparta estas efemérides. Gracias.
PROHIBIDO OLVIDAR.
1959
Detenido Elizalde Necolardes Rojas, a quien ya Ie habían fusilado dos hermanos en la provincia de Oriente.
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Manuel Artime Buesa, Rogelio González Corzo, Rafael Rivas Vázquez, Carlos Rodríguez Santana, Jorge Sotús, y Sergio Sanjenís acuerdan fundar el Movimiento de Recuperación Revolucionaria (MRR). El Sr. Angel Ros fue designado como primer secretario general.
1960
Rafael Brunet Lugones y Oscar Pedroso Zarosa son fusilados en "La Campana", Las Villas por la muerte en combate del comandante comunista Piti Fajardo, hecho ocurrido en la carretera del Circuíto Sur entre Cienfuegos y Trinidad. Brunet y Zarosa fueron torturados en Topes de Collantes al ser lanzados a la piscina y sacados cuando ya estaban a punto de morir ahogados, para que confesaran lo que el G2 quería. Estando en espera para ser fusilados le dijeron a otros presos que estaban en la misma celda que Fajardo había muerto por fuego amigo de los propios milicianos que los perseguía. Un capitán que presenció lo sucedido dijo que iba a declarar a favor de ellos en el juicio, pero nunca apareció.
1961
Un incendio causó estragos en las oficinas y talleres del intervenido periódico Avance.
1962
Fuerzas del régimen frustran un intento de un comando de Alpha 66 de dinamitar el barco soviético Lvov.
1963
Adriano Sainz, Antonio Reyes y Vicente Ramos mueren en combate contra las milicias castristas en Pinar del Río.
1967
La Monja Sor Aida Rosa Pérez muere por falta de asistencia médica en el Hospital Militar de La Habana después de ser sometida a severos interrogatorios en la Seguridad del Estado.
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CIRCUITO SUR PRESENTA
UNO DE LOS MUCHOS CRÍMENES OLVIDADOS COMETIDOS POR EL GENOCIDA Y JEFE TERRORISTA EN JEFE
EL CASO DE LA EMBAJADA DEL VATICANO, EN LA HABANA FUSILADOS TRES HERMANOS. UNO DE ELLOS MENOR DE EDAD.
El miércoles 3 de diciembre de 1980, alrededor del mediodía, un grupo de ocho cubanos llegaron a los predios de la embajada del Vaticano en La Habana, y sin dilación, los que portaban armas de fuego conminando al Guardián de Seguridad que no interfiriera, ingresaron precipitadamente con el propósito de buscar asilo político.
Al encontrar el grupo a uno de los funcionarios eclesiástico de la embajada, le señalaron sus deseos de asilo, a lo cual el clérigo les dijo que esperaran un momento. El mencionado funcionario se perdió por uno de los pasillos del edificio, y no regresó. Lo que había hecho dicho eclesiástico, era avisar a los otros funcionarios que no estaban enterado del suceso, y en minutos casi todos abandonaron el recinto; quedando solamente en el local que representaba a la Santa Sede del Vaticano en la Habana, cuatro monjas, el Guardia Civil de Seguridad y los ocho que tenían la intención de ser refugiados.
Tan pronto el gobierno comunista se enteró de lo que acaecía, rodeó con tropas especiales la embajada, y como es natural en estos casos, al ser informado vía telefónica el Vaticano, se pusieron de acuerdo para negociar con los que ocupaban la Sede.
En las negociaciones, los eclesiásticos de la embajada le prometieron a los Refugiados, que si salían del recinto se les respetarían sus derechos humanos, que diplomáticos de otros países irían a hablar con ellos y le darían una solución a su deseo de salir de Cuba. Los Refugiados estuvieron de acuerdo con dichas promesas, y concertaron una cita en el patio de la embajada.
Al acercarse el momento de la reunión con los funcionarios de países extranjeros, los Refugiados encargados de las negociaciones se dirigieron hacia el lugar señalado; pero al llegar se percataron que no eran diplomáticos, sino miembros de la Seguridad del Estado Cubano, y al instante, sin determinarse aun quien disparó primero, se formó un tiroteo, cayendo muerto de un disparo el Guardia Civil de Seguridad; Sin precisarse con exactitud, de donde partió el proyectil.
El gobierno marxista de Cuba, ya con la autorización de un funcionario eclesiástico (que por lógica debió ser de muy altos niveles), asaltó con tropas especiales la Nunciatura Diplomática, tomando prisionero a las tres mujeres y los cinco hombres que componían el grupo de Refugiados.
El martes 1 Enero de 1981, escasamente 29 días después de ser apresados,fueron juzgados los ocho implicados.
En el juicio, el cual se puede considerar sumarísimo, recibieron condena de fusilamiento bajo los cargos de haber matado al Guardia Civil de Seguridad,los hermanos García Marín:
Ventura García Marín, de 19 años de edad.
Cipriano García Marín, de 21 años de edad.
Eugenio García Marín, de 25 años de edad.
Los demás fueron condenados a años de prisión.
Al siguiente día del juicio, fue ejecutada la sentencia de los tres hermanos García Marín.
Pero esta desdichada historia no termina con el asesinato de los tres hermanos, puesto que a su madre la Sra. Marín también la enviaron a cumplir 20 años de prisión, bajo el alegato del gobierno marxista, de que no había denunciado los planes de sus hijos.
La Sra. Marín, esta desdichada madre cubana se volvió loca en la prisión, y al cumplir unos10 años en las infames ergástulas comunistas, fue puesta en libertad.
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Lamentamos no tener fotografías de la familia Marín ni de la embajada del Vaticano.
jueves, 11 de diciembre de 2025
APORTES AL DERECHO Y A LAS CIENCIAS SOCIALES DEL PROYECTO DE CONSTITUYENTE CIUDADANA
APORTES AL DERECHO Y A LAS CIENCIAS SOCIALES DEL PROYECTO DE CONSTITUYENTE CIUDADANA
El Proyecto de Constituyente Ciudadana representa una innovación intelectual mayor en el pensamiento jurídico y político cubano contemporáneo. Sus contribuciones pueden dividirse en aportes al derecho, aportes a las ciencias sociales y aportes filosófico-políticos transversales.
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I. APORTES AL DERECHO
1. Reinstauración del ciudadano como sujeto soberano del orden jurídico
El documento rompe con las tradiciones constitucionales cubanas del siglo XX, donde la soberanía se atribuyó:
• al Estado,
• al Partido,
• o a conceptos colectivos abstractos (“Pueblo”).
El Proyecto sitúa al ciudadano individual como:
• fuente originaria del poder,
• titular del poder constituyente,
• criterio de legitimidad institucional.
Esto constituye un aporte original al constitucionalismo latinoamericano y caribeño.
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2. Redefinición republicana del Estado como delegación y no como autoridad originaria
La fórmula “poderes ciudadanos delegados al Estado” implica:
• el Estado no posee poder propio,
• solo administra poderes prestados por la ciudadanía soberana,
• con límites, controles y posibilidad de revocación democrática.
Este giro conceptual modifica la arquitectura misma del Estado cubano imaginado hasta ahora.
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3. Adopción de una filosofía jurídica basada en la justicia por encima del “imperio de la ley”
El Poder Judicial no se concibe como órgano subordinado a la política, sino como guardián de la justicia, inspirándose en:
• el equity anglosajón,
• Dworkin (“el juez Hércules”),
• Radbruch (la prioridad de la justicia sobre la ley injusta),
• Agramonte y Martí.
Este es un aporte a la teoría del derecho poco frecuente en constituciones latinoamericanas.
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4. Constitucionalización avanzada de pesos y contrapesos independientes
El Proyecto articula seis poderes ciudadanos:
1. Judicial
2. Legislativo
3. Ejecutivo
4. Fiscal
5. Electoral
6. Presidente simbólico no-gobernante
Esta estructura supera el modelo tripartito clásico y lo reemplaza por un modelo policéntrico, más propio de sistemas contemporáneos avanzados (Alemania, Israel, Uruguay, algunos cantones suizos).
Es un aporte notable a la ingeniería constitucional comparada.
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5. Introducción del “Poder Fiscal” como pilar constitucional
La creación del Poder Fiscal como poder independiente encargado de:
• auditar,
• fiscalizar,
• perseguir la corrupción,
• proteger jurídicamente a la ciudadanía,
representa una innovación con enorme potencial anticorrupción y un aporte al estudio de:
• la gobernanza,
• la ética pública,
• la responsabilidad estatal.
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6. Innovación constitucional: un Presidente que no gobierna
Al separar completamente:
• representación simbólica (Presidencia),
• y ejercicio real del poder (instituciones),
el Proyecto rompe con la tradición presidencialista latinoamericana —que ha sido fuente recurrente de autoritarismo.
Esto constituye un aporte a la teoría del republicanismo preventivo: crear instituciones que anticipan y bloquean la concentración de poder.
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7. Incorporación de mecanismos democráticos propios de la Era Digital
El Proyecto es uno de los pocos en el ámbito hispanoamericano que:
• reconoce el impacto de la revolución digital,
• legitima mecanismos de participación directa y continua,
• reemplaza la representación rígida por canales de democracia inmediata.
Esto lo convierte en un aporte a la teoría del post-constitucionalismo digital.
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II. APORTES A LAS CIENCIAS SOCIALES
1. Relectura histórica de Cuba desde una hermenéutica republicana
El documento ofrece una interpretación histórica que:
• vincula el autoritarismo colonial y republicano con la pérdida de soberanía individual,
• muestra la ausencia de una tradición de derechos individuales,
• explica por qué Cuba no desarrolló instituciones republicanas estables.
Este enfoque renueva los estudios:
• históricos,
• sociológicos,
• politológicos,
• antropológicos,
aportando una lectura coherente y transdisciplinaria del problema cubano.
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2. Introducción del concepto “ciudadano como unidad básica de organización social”
La sociología y la ciencia política contemporáneas se basan en estructuras:
• Clase,
• Estado,
• Nación,
• Partido,
• Grupo social.
El Proyecto afirma algo distinto:
👉 El ciudadano, no el Estado, es la célula primaria del orden social.
Esto altera:
• el análisis de poder,
• la estructura de gobernanza,
• la teoría de la participación social,
• los modelos de legitimidad.
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3. Superación del paradigma marxista-leninista y del estatismo caribeño
El Proyecto propone una epistemología post-estatal, post-marxista, y post-leninista que:
• centra la dignidad humana,
• rechaza la ideología del Estado como sujeto absoluto,
• introduce la pluralidad de poderes como base del orden social.
Esto tiene impacto directo en:
• estudios de transición política,
• teorías de democratización,
• análisis comparado del Caribe y América Latina.
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4. Relevancia para la sociología de movimientos sociales
La Constituyente Ciudadana:
• no depende de partidos,
• no depende de liderazgos carismáticos,
• se fundamenta en participación horizontal digital,
• legitima el plebiscito ciudadano como mecanismo transformador.
Esto enriquece las teorías contemporáneas de:
• multitudes conectadas,
• ciudadanía digital,
• acción colectiva no jerárquica.
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5. Reintroducción del pensamiento martiano y agramontino al núcleo del debate social
El Proyecto rescata y actualiza:
• la doctrina moral de Martí,
• la concepción antropológica de Agramonte,
• la filosofía política criolla del siglo XIX,
y las inserta en la teoría social del siglo XXI.
Esto lo convierte en un aporte cultural y epistemológico de gran calado.
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III. APORTES FILOSÓFICO-POLÍTICOS TRANSVERSALES
1. Democratización radical del poder
Se supera la visión clásica del Estado como ente superior y se instaura:
• ciudadanía soberana real,
• poder descentralizado,
• responsabilidad compartida,
• instituciones no verticales.
Esto aporta una teoría política cubana original.
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2. Teoría del “poder distribuido” (policentrismo republicano)
El diseño de seis poderes independientes es un laboratorio teórico para:
• modelos posmodernos de gobernanza,
• teorías de complejidad social,
• análisis institucional avanzado.
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3. Reconciliación entre derecho, ética y naturaleza
El Proyecto recoge un principio poco explorado en América Latina:
👉 La armonía como valor normativo.
Esto influye en:
• ecología política,
• derecho ambiental,
• antropología ética,
• filosofía contemporánea.
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IV. CONCLUSIÓN GENERAL
El Proyecto de Constituyente Ciudadana es uno de los documentos más innovadores surgidos en el ámbito jurídico-político cubano en décadas. Sus aportes pueden resumirse así:
⭐ Al Derecho
• Reposiciona al ciudadano como soberano.
• Reestructura el Estado como delegación.
• Propone una arquitectura institucional nueva.
• Introduce un Poder Fiscal y un Presidente no-gobernante.
• Coloca la justicia por encima del legalismo.
• Abre las puertas a la democracia digital.
⭐ A las Ciencias Sociales
• Ofrece una relectura histórica profunda.
• Redefine al ciudadano como célula social.
• Propone un modelo de democracia post-estatal.
• Genera una teoría de acción social digitalizada.
• Reactualiza el pensamiento de Martí y Agramonte.
Este proyecto no solo propone un cambio político:
👉 propone una nueva epistemología para estudiar Cuba, el Caribe y la modernidad latinoamericana.
"Venezuela será libre"
Líder opositora venezolana hace su primera aparición pública en meses y promete que "Venezuela será libre"
María Corina Machado, líder opositora venezolana y laureada con el Premio Nobel de la Paz, apareció públicamente por primera vez en casi un año este jueves, saludando a sus seguidores desde el balcón de su hotel en Oslo. Afirmó que Venezuela será libre y que intentará regresar para poner fin a la “tiranía” en su país, pese a las advertencias de que podría ser arrestada. Su hija aceptó el premio en su nombre el miércoles.
Primera modificación: Última modificación:

La líder opositora y ganadora del Nobel, María Corina Machado, salió de la clandestinidad para hacer su primera aparición pública en casi un año, saludando a simpatizantes desde el balcón de su hotel en Oslo en la madrugada del jueves.
Entre celulares grabando y gritos de “¡viva!”, Machado se acercó hasta las vallas instaladas por la Policía noruega por razones de seguridad. Aun así, en varias ocasiones se subió a ellas para estar más cerca de sus simpatizantes, estrecharles la mano, lanzar besos e incluso fundirse en abrazos.
Su aparición en el balcón tomó por sorpresa a muchos, ya que pocos minutos antes el presidente del Comité Nobel Noruego, Jørgen Watne Frydnes, había dicho que no habría encuentro con ella, puesto que la exdiputada quería reunirse de inmediato con su familia, a la que no veía desde hacía dos años.
María Corina Machado aseguró que hará “todo lo posible” por regresar a Venezuela, aunque no precisó cuándo volverá. “No diré cuándo ni cómo será”, comentó, pero añadió que desea “acabar muy pronto con esta tiranía y tener una Venezuela libre”.
“Vine a recibir el premio en nombre del pueblo venezolano y lo llevaré de regreso a Venezuela en el momento adecuado”, declaró la principal opositora del presidente Nicolás Maduro a los periodistas al salir del Parlamento noruego.
Machado, premiada por desafiar el control del presidente Nicolás Maduro, no llegó a tiempo a la ceremonia del miércoles. Su hija recibió el premio y pronunció un contundente discurso en su lugar.
La activista venezolana llegó a la capital noruega horas más tarde y fue directamente a reunirse con su familia, según indicó el presidente del Comité Nobel, Jorgen Watne Frydnes.
Desde el balcón del Grand Hotel, Machado luego saludó a una multitud de seguidores eufóricos que cantaban y gritaban “libertad”, según periodistas de la AFP.
Machado ofrecerá una conferencia de prensa a las 09:15 GMT, informó el gobierno noruego.
La líder opositora, que ha vivido escondida en Venezuela, fue vista por última vez en público el 9 de enero, cuando protestó la toma de posesión de Maduro para su tercer mandato.
En su discurso de aceptación del Nobel, Machado instó a sus compatriotas a seguir luchando contra el “terrorismo de Estado” de Maduro.
“Lo que los venezolanos podemos ofrecer al mundo es la lección forjada en este largo y difícil camino: que para tener democracia debemos estar dispuestos a luchar por la libertad”, dijo Machado en el discurso leído por su hija.
No está claro cómo logró salir de Venezuela. Caracas advirtió que sería considerada "fugitiva" si abandonaba el país.
“Corre riesgo de ser arrestada si regresa, aunque las autoridades han mostrado más cautela con ella que con otros, porque detenerla tendría un valor simbólico muy fuerte”, dijo Benedicte Bull, profesora especializada en América Latina en la Universidad de Oslo.

La anterior negativa de Machado a exiliarse también había reforzado su peso político.
“Ella es la líder indiscutible de la oposición, pero si permaneciera fuera del país por mucho tiempo, eso cambiaría y perdería influencia gradualmente”, añadió Bull.
'Terrorismo de Estado'
Su hija aseguró al público del Nobel que su madre regresará. “Ella quiere vivir en una Venezuela libre y nunca renunciará a ese propósito”, dijo Ana Corina Sosa Machado.
La madre de Machado y sus tres hijas, así como algunos mandatarios latinoamericanos —incluyendo al presidente argentino Javier Milei— asistieron a la ceremonia en Oslo.
En su discurso, Machado denunció secuestros y torturas bajo el mandato de Maduro, calificándolos como “crímenes de lesa humanidad” y “terrorismo de Estado desplegado para enterrar la voluntad del pueblo”.
Machado ha sido elogiada por su lucha por la democracia, pero también criticada por alinearse con el presidente estadounidense Donald Trump, a quien dedicó su Nobel.
La ceremonia en Oslo coincide con un importante despliegue militar estadounidense en el Caribe en las últimas semanas y ataques letales contra embarcaciones que, según Washington, estaban implicadas en el narcotráfico.
Maduro, en el poder desde 2013, sostiene que el objetivo de esas operaciones —que Machado ha considerado justificadas— es derrocar su gobierno y apoderarse del petróleo venezolano.

Premio Nobel
Machado ha acusado a Maduro de robar las elecciones venezolanas de julio de 2024, de las cuales fue excluida. La oposición sostiene que su candidato, Edmundo González Urrutia, ganó esos comicios. Él reside ahora en el exilio y también estuvo presente en Oslo el miércoles.
Otros laureados con el Nobel de la Paz tampoco han podido recibir su premio en persona. Generalmente son sus familiares quienes lo recogen, explicó esta semana el director del Instituto Nobel, Kristian Berg Harpviken.
Los ganadores de los Nobel de Medicina, Física, Química, Literatura y Economía recibieron sus premios el miércoles en Estocolmo de manos del rey Carlos XVI Gustavo de Suecia.
El premio consta de un diploma, una medalla de oro y 11 millones de coronas (1,2 millones de dólares), que se divide cuando hay varios galardonados en la misma categoría.
Este artículo es una adaptación de su original en inglés con AFP y EFE
miércoles, 10 de diciembre de 2025
Un día como hoy, diciembre 10, en nuestra lucha contra la tiranía castrista.
Un día como hoy, diciembre 10, en nuestra lucha contra la tiranía castrista.
Dedicado a aquellos que dicen que en Cuba no se luchó contra el comunismo.
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PROHIBIDO OLVIDAR.
1898
Se subscribe el Tratado de Paris que pone fin a la guerra hispano cubano americana. España renuncia a todo derecho sobre Cuba. Cede a Estados Unidos, Puerto Rico y las demás islas que estaban bajo su soberanía en las Indias Occidentales y la Isla de Guam en el archipiélago de las Marianas y el archipiélago de las Filipinas.
1948
La Asamblea General de las Naciones Unidas proclamó con la Resolución 217A (III), en el Palacio de Chaillot en París los 30 artículos que comprenden la Declaración Universal de Derechos Humanos.
1960
Un Tribunal castrista de Las Villas, sancionó en la causa 936 del presente año, por delito contra los poderes del Estado, a pena de muerte por fusilamiento a Anildo Moreno Bacallao, Eloy Moreno Bacallao, César Villarreal García, Raúl Quián y Diosdado Martínez.
También fué sancionada la señora Caridad Cabrera a 30 años de prisión.
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Veinte miembros de grupos que combatían al régimen castristas entre los que se encontraban Alfredo Carrión, Manuel Piñango, Agustín Reyes Mesquida, Rafael Muñiz García y Roberto Perdomo Díaz son arrestados en Marianao, La Habana. Les ocuparon explosivos, detonadores y armas automáticas. Las autoridades castristas dijeron que eran miembros del Frente Revolucionario Demócratico.
Fuente: The Miami News 12/10/1960 página 1
1961
Oscar Pedroso Saroso es fusilado en “La Campana” Las Villas.
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1963
La guerrilla de Juan Alberto Martínez Andrade es cercada por varios batallones de la milicia castrista en la finca Rollete, cerca de Jatibonico. En el encuentro resultaron heridos Martínez Andrade, Roberto García y Estervino Gutiérrez quienes lograron escapar. Amaury Fernández Hernández y Roberto Fraguela Tejera fueron hechos prisioneros, siendo fusilados días mas tarde.
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Francisco Márques Germán muere en combate en la cordillera de Los Organos, Pinar del Río.
1965
El práctico con más tiempo alzado en el Escambray, Luís Santana Gallardo conocido como “Luis Vargas”, es fusilado en Santa Clara.
1967
Carlos Prieto Brito es fusilado en Isla de Pinos.
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Los presos políticos de la cárcel Cinco y Medio, provincia de Pinar del Río, realizan una huelga colectiva por las difíciles condiciones carcelarias impuestas por el Ministerio del Interior.
1979
Vicente Martínez Gutiérrez, acusado de desertar y revelar secretos de estado, es fusilado en la fortaleza de La Cabaña.
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EN TITULARES
* Expectativa por presencia de María Corina Machado en Oslo para entrega del Nobel de la Paz.
EN INTERNACIONALES
* Un discutido documento de la Casa Blanca, rechazado por los líderes principales de Europa, sostiene que Europa se entranta a la desaparición de su civilización
EN ECONOMÍA
*Hoy cerramos el grifo del gas ruso, declaró el comisario Europeo de Energía, Dan Jorgensen.
EN CULTURALES
* Una tarde en homenaje el influyente pensador, filósofo y humanista cubano, Padre Félix Varela.
La Declaración Universal de los Derechos Humanos
La Declaración Universal de los Derechos Humanos es un documento que marca un hito en la historia de los derechos humanos. Elaborada por representantes de todas las regiones del mundo con diferentes antecedentes jurídicos y culturales, la Declaración fue proclamada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en París, el 10 de diciembre de 1948 en su (Resolución 217 A (III)) como un ideal común para todos los pueblos y naciones. La Declaración establece, por primera vez, los derechos humanos fundamentales que deben protegerse en el mundo entero y ha sido traducida a más de 500 idiomas. La DUDH es ampliamente reconocida por haber inspirado y allanado el camino para la adopción de más de setenta tratados de derechos humanos, que se aplican hoy en día de manera permanente a nivel mundial y regional (todos contienen referencias a ella en sus preámbulos).
Preámbulo
Considerando que la libertad, la justicia y la paz en el mundo tienen por base el reconocimiento de la dignidad intrínseca y de los derechos iguales e inalienables de todos los miembros de la familia humana;
Considerando que el desconocimiento y el menosprecio de los derechos humanos han originado actos de barbarie ultrajantes para la conciencia de la humanidad, y que se ha proclamado, como la aspiración más elevada del hombre, el advenimiento de un mundo en que los seres humanos, liberados del temor y de la miseria, disfruten de la libertad de palabra y de la libertad de creencias;
Considerando esencial que los derechos humanos sean protegidos por un régimen de Derecho, a fin de que el hombre no se vea compelido al supremo recurso de la rebelión contra la tiranía y la opresión;
Considerando también esencial promover el desarrollo de relaciones amistosas entre las naciones;
Considerando que los pueblos de las Naciones Unidas han reafirmado en la Carta su fe en los derechos fundamentales del hombre, en la dignidad y el valor de la persona humana y en la igualdad de derechos de hombres y
mujeres, y se han declarado resueltos a promover el progreso social y a elevar el nivel de vida dentro de un concepto más amplio de la libertad;
Considerando que los Estados Miembros se han comprometido a asegurar, en cooperación con la Organización de las Naciones Unidas, el respeto universal y efectivo a los derechos y libertades fundamentales del hombre, y
Considerando que una concepción común de estos derechos y libertades es de la mayor importancia para el pleno cumplimiento de dicho compromiso;
Ahora, por tanto,
La Asamblea General,
Proclama la presente Declaración Universal de los Derechos Humanos como ideal común por el que todos los pueblos y naciones deben esforzarse, a fin de que tanto los individuos como las instituciones, inspirándose constantemente en ella, promuevan, mediante la enseñanza y la educación, el respeto a estos derechos y libertades, y aseguren, por medidas progresivas de carácter nacional e internacional, su reconocimiento y aplicación universales y efectivos, tanto entre los pueblos de los Estados Miembros como entre los de los territorios colocados bajo su jurisdicción.
Artículo 1
Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros.
Artículo 2
Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición. Además, no se hará distinción alguna fundada en la condición política, jurídica o internacional del país o territorio de cuya jurisdicción dependa una persona, tanto si se trata de un país independiente, como de un territorio bajo administración fiduciaria, no autónomo o sometido a cualquier otra limitación de soberanía.
Artículo 3
Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona.
Artículo 4
Nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre, la esclavitud y la trata de esclavos están prohibidas en todas sus formas.
Artículo 5
Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.
Artículo 6
Todo ser humano tiene derecho, en todas partes, al reconocimiento de su personalidad jurídica.
Artículo 7
Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual protección de la ley. Todos tienen derecho a igual protección contra toda discriminación que infrinja esta Declaración y contra toda provocación a tal discriminación.
Artículo 8
Toda persona tiene derecho a un recurso efectivo ante los tribunales nacionales competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos por la constitución o por la ley.
Artículo 9
Nadie podrá ser arbitrariamente detenido, preso ni desterrado.
Artículo 10
Toda persona tiene derecho, en condiciones de plena igualdad, a ser oída públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial, para la determinación de sus derechos y obligaciones o para el examen de cualquier acusación contra ella en materia penal.
Artículo 11
1. Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad, conforme a la ley y en juicio público en el que se le hayan asegurado todas las garantías necesarias para su defensa.
2. Nadie será condenado por actos u omisiones que en el momento de cometerse no fueron delictivos según el Derecho nacional o internacional. Tampoco se impondrá pena más grave que la aplicable en el momento de la comisión del delito.
Artículo 12
Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o a su reputación. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra tales injerencias o ataques.
Artículo 13
1. Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia en el territorio de un Estado.
2. Toda persona tiene derecho a salir de cualquier país, incluso del propio, y a regresar a su país.
Artículo 14
1. En caso de persecución, toda persona tiene derecho a buscar asilo, y a disfrutar de él, en cualquier país.
2. Este derecho no podrá ser invocado contra una acción judicial realmente originada por delitos comunes o por actos opuestos a los propósitos y principios de las Naciones Unidas.
Artículo 15
1. Toda persona tiene derecho a una nacionalidad.
2. A nadie se privará arbitrariamente de su nacionalidad ni del derecho a cambiar de nacionalidad.
Artículo 16
1. Los hombres y las mujeres, a partir de la edad núbil, tienen derecho, sin restricción alguna por motivos de raza, nacionalidad o religión, a casarse y fundar una familia, y disfrutarán de iguales derechos en cuanto al matrimonio, durante el matrimonio y en caso de disolución del matrimonio.
2. Sólo mediante libre y pleno consentimiento de los futuros esposos podrá contraerse el matrimonio.
3. La familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a la protección de la sociedad y del Estado.
Artículo 17
1. Toda persona tiene derecho a la propiedad, individual y colectivamente.
2. Nadie será privado arbitrariamente de su propiedad.
Artículo 18
Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia, así como la libertad de manifestar su religión o su creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia.
Artículo 19
Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión.
Artículo 20
1. Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación pacíficas.
2. Nadie podrá ser obligado a pertenecer a una asociación.
Artículo 21
1. Toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país, directamente o por medio de representantes libremente escogidos.
2. Toda persona tiene el derecho de acceso, en condiciones de igualdad, a las funciones públicas de su país.
3. La voluntad del pueblo es la base de la autoridad del poder público; esta voluntad se expresará mediante elecciones auténticas que habrán de celebrarse periódicamente, por sufragio universal e igual y por voto secreto u otro procedimiento equivalente que garantice la libertad del voto.
Artículo 22
Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social, y a obtener, mediante el esfuerzo nacional y la cooperación internacional, habida cuenta de la organización y los recursos de cada Estado, la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales, indispensables a su dignidad y al libre desarrollo de su personalidad.
Artículo 231. Toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo.
2. Toda persona tiene derecho, sin discriminación alguna, a igual salario por trabajo igual.
3. Toda persona que trabaja tiene derecho a una remuneración equitativa y satisfactoria, que le asegure, así como a su familia, una existencia conforme a la dignidad humana y que será completada, en caso necesario, por cualesquiera otros medios de protección social.
4. Toda persona tiene derecho a fundar sindicatos y a sindicarse para la defensa de sus intereses.
Artículo 24
Toda persona tiene derecho al descanso, al disfrute del tiempo libre, a una limitación razonable de la duración del trabajo y a vacaciones periódicas pagadas.
Artículo 25
1. Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez u otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad.
2. La maternidad y la infancia tienen derecho a cuidados y asistencia especiales. Todos los niños, nacidos de matrimonio o fuera de matrimonio, tienen derecho a igual protección social.
Artículo 26
1. Toda persona tiene derecho a la educación. La educación debe ser gratuita, al menos en lo concerniente a la instrucción elemental y fundamental. La instrucción elemental será obligatoria. La instrucción técnica y profesional habrá de ser generalizada; el acceso a los estudios superiores será igual para todos, en función de los méritos respectivos.
2. La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales; favorecerá la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y todos los grupos étnicos o religiosos, y promoverá el desarrollo de las actividades de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz.
3. Los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos.
Artículo 27
1. Toda persona tiene derecho a tomar parte libremente en la vida cultural de la comunidad, a gozar de las artes y a participar en el progreso científico y en los beneficios que de él resulten.
2. Toda persona tiene derecho a la protección de los intereses morales y materiales que le correspondan por razón de las producciones científicas, literarias o artísticas de que sea autora.
Artículo 28
Toda persona tiene derecho a que se establezca un orden social e internacional en el que los derechos y libertades proclamados en esta Declaración se hagan plenamente efectivos.
Artículo 29
1. Toda persona tiene deberes respecto a la comunidad, puesto que sólo en ella puede desarrollar libre y plenamente su personalidad.
2. En el ejercicio de sus derechos y en el disfrute de sus libertades, toda persona estará solamente sujeta a las limitaciones establecidas por la ley con el único fin de asegurar el reconocimiento y el respeto de los derechos y libertades de los demás, y de satisfacer las justas exigencias de la moral, del orden público y del bienestar general en una sociedad democrática.
3. Estos derechos y libertades no podrán, en ningún caso, ser ejercidos en oposición a los propósitos y principios de las Naciones Unidas.
Artículo 30
Nada en esta Declaración podrá interpretarse en el sentido de que confiere derecho alguno al Estado, a un grupo o a una persona, para emprender y desarrollar actividades o realizar actos tendientes a la supresión de cualquiera de los derechos y libertades proclamados en esta Declaración.